PROGRAMA EMEGA 2022_Fomento del emprendimiento femenino en Galicia
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por
mujeres que inicien su actividad económica o formalicen su plan Activa en el período comprendido
entre el 01/08/2021 y el 12/08/2022.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en
marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta
propia y ajena.
b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la
consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras
para la mejora de la competitividad, a través de medidas de renovación, implantación, ampliación o cambio de localización de la actividad dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que
resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así
como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y
mejora, en el actual contexto económico, contexto que se vio agravado por la situación de la
pandemia por la COVID-19. Dichas medidas no podrán suponer, en ningún caso, destrucción del
empleo existente por cuenta propia y ajena.
c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de
iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica,
promovidas por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia
y ajena.
d) Línea Concilia: ayuda complementaria de las líneas Emprende, Activa e ITEF para promover la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.
CUANTÍA E IMPORTE SUBVENCIONABLE
- Línea Emprende:
La cuantía de los incentivos se determina en atención al número de carácter estable para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 10.000 euros las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 16.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Incentivo de 20.000 euros a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora/s.
d) Incentivo de 22.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
- Línea Activa:
La cuantía de los incentivos se determina en atención al número de puestos de trabajo existentes en la empresa, ocupados por mujeres, consecuencia del mantenimiento o del incremento del empleo preexistente, por cuenta propia o por cuenta ajena, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 8.000 euros a las empresas que mantengan el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 12.000 euros a las empresas con dos puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras .
c) Incentivo de 14.000 euros a las empresas con tres puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
d) Incentivo de 17.000 euros las empresas con cuatro o más puestos de trabajo para mujeres por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
- Línea ITEF:
La cuantía de los incentivos se determina en atención al número de puestos de trabajo creados con carácter estable para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, de acuerdo con la siguiente escala:
a) Incentivo de 18.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
b) Incentivo de 27.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
c) Incentivo de 32.000 euros a las empresas a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o
promotoras.
d) Incentivo de 42.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora/s.
4. Línea Concilia:
Los incentivos previstos para esta ayuda solo podrán concederse a aquellas empresas que los soliciten expresamente y que resulten beneficiarias de subvención por cualquiera de las líneas Emprende, Activa o ITEF previstas en esta convocatoria.
a) La modalidad Concilia-promotoras consiste en un incentivo de 3.000 euros por empresa siempre que forme parte de ella alguna promotora con hija/s o hijo/s que a la fecha de finalización del plazo de justificación de la ayuda sean menores de 3 años.
b) La modalidad Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena consiste en un incentivo, por importe máximo de 5.000 euros por empresa, siempre que se solicite expresamente y se opte por uno de los siguientes supuestos:
- Formalización de un acuerdo o pacto de conciliación para toda la plantilla de la empresa con las personas trabajadoras o representantes sindicales y vinculante para las partes, o tener un plan de igualdad vigente para la implantación de nuevos sistemas de organización del trabajo para favorecer la conciliación y la corresponsabilidad, que contengan medidas que permitan una mayor adaptación de los tiempos de trabajo y la flexibilización horaria para las personas trabajadoras por cuenta ajena y que no estén ya recogidas como obligatorias en la legislación vigente. En este supuesto el incentivo será de 4.000 euros por empresa.
- Empresas que firmen acuerdos de teletrabajo, formalizados de manera individual, con el personal vinculado a la empresa con contrato laboral. El incentivo en este caso será de 1.000 euros por persona trabajadora por cuenta ajena con un máximo de 5.000 euros por empresa.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN:
Las beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la subvención concedida en la fecha límite que figure en la resolución de concesión, y que, en todo caso, no excederá del 18 de noviembre de 2022.
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220712/AnuncioG0656-010722-0001_es.pdf