PROGRAMA DE AYUDAS MUNICIPALES A LA CREACIÓN DE EMPLEO DEL CONCELLO DE SILLEDA, AÑO 2020
PROGRAMA DE AYUDAS MUNICIPALES A LA CREACIÓN DE EMPLEO DEL CONCELLO DE SILLEDA, PARA EL AÑO 2020
FINALIDAD:
La presente disposición tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar la concesión, para el año 2020 del programa de Ayudas Municipales para la Creación de Empleo en el ámbito del Concello de Silleda con la finalidad de potenciar y colaborar de forma activa en la generación de empleo en el municipio apoyando la puesta en marcha de nuevos proyectos.
BENEFICIARIOS:
Los/las empresarios/as individuales, autónomos, pequeñas y medianas empresas (PYME), independientemente de su forma jurídica, que iniciasen su actividad empresarial entre el 1 Enero de 2020 y el 31 de diciembro de 2020 (Entendiendo por inicio de actividad el alta en el I.A.E.)
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
1.—Que la persona física o jurídica tenga su domicilio fiscal y social en Silleda.
2.—Que sean empresas de nueva creación, considerando incluídos en este concepto, los traspasos de negocios, pero no la transformación de forma jurídica.
3.—Que, como mínimo, una de las personas promotoras estén en situación de desempleo en la fecha de inicio da actividad empresarial y crear, por lo menos, su propio puesto de trabajo en cualquiera de las formas jurídicas existentes.
4.—No tener deudas con la Seguridad Social, con la Consellería de Economía y Hacienda, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ni la empresa ni las personas socias.
5.—No tener deudas con el Concello de Silleda, ni la empresa, ni las personas socias.
6.—No podrán obtener la condición de beneficiario/a los/las empresarios/as y las pequeñas empresas en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 10, apartados 2 y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y art.13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones (en caso de sociedades, ni la sociedad ni los/las socios/as).
TIPO, CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y GASTOS SUBVENCIONABLES
La finalidad de la ayuda es subvencionar hasta el 50% de los gastos de la puesta en marcha y del funcionamiento de la empresa durante los primeros meses de actividad.
El importe máximo de estas ayudas será de 3.600 euros por empresa/persona beneficiaria, en base a baremos de puntuación , y no podrá superar el 50% de los gastos efectuados durante el período indicado de 1 de enero de 2020. (excepto los gastos de constitución que podrán ser con fecha desde 1/10/2019).
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 12/02/2020 – 31/12/2020