PROGRAMA BONO AUTONOMO 2022
Convocatoria 2022 abierta a partir del 14 de enero de 2022
La finalidad es la de apoyar a personas autónomas consolidadas que:
- Estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional,
- Tengan domicilio fiscal en Galicia,
- Tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y
- Tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año anterior al de la convocatoria.
Esta ayuda se concede para la mejora de la competitividad de la actividad empresarial o profesional de las personas autónomas beneficiarias, mediante pago anticipado, con una subvención de un 80% de la actividad que se subvencione con un límite máximo de 3.000 euros por el conjunto de actividades subvencionables, siendo el resto del gasto por cuenta de la persona beneficiaria.
En esta convocatoria se cuenta nuevamente con dos líneas de actuación:
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Línea 1 mejora de la competitividad a través de los siguientes servicios:
• Plan estratégico del negocio.
• Plan de reorientación del negocio.
• Plan de refinanciación.
• Plan de marketing.
• Plan de eficiencia energética.
• Plan de biodiversidad.
• Plan de comunicación del negocio.
• Plan de transformación dixital.
Línea 2 mejora de la competitividad a través de las siguientes inversiones:
• Compra de maquinaria.
• Compra y/o instalación para la mejora de la eficiencia energética.
• Inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos.
• Compra de utillaje y herramientas.
• Reforma del local del negocio.
• Equipos informáticos.
• Mobiliario de oficina y negocio.
• Rótulos.
• Aplicaciones informáticas, páginas web, apps y redes sociales.
• Diseño de marca.
En la solicitud de ayudas, las líneas 1 y 2 no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. El importe máximo a percibir por ambas líneas es de 3.000 €.
En el caso de reforma del local del negocio, se excluye de la ayuda el domicilio habitual de la persona trabajadora autónoma, excepto en el caso en que quede acreditado que es imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio.
CUANTÍA E IMPORTE SUBVENCIONABLE: 80% del total de la inversión en ambas líneas con un límite total de 3.000 €.
PERÍODO DE LOS GASTOS: Gastos realizados desde el 01/01/2022 hasta el 05/12/2022.