Plan Renove Electrodomésticos 2022
Con esta iniciativa de la Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, se facilitará la renovación de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y encimeras.
El programa Renove Electrodomésticos está dirigido a personas que residan en viviendas localizadas en Galicia y quieran renovar sus equipos por otros de la misma tipología y con la siguiente cualificación energética: frigorífico o frigorífico congelador A, B, C o D; congelador A, B, C o D; lavadora A, B o C; lavavajillas A, B o C; o encimera de inducción total.
Las ayudas podrán alcanzar el 25% del precio del electrodoméstico para un consumidor general, el 50% para los vulnerables y el 75% para los vulnerables severos, por lo que, según la tipología de electrodoméstico y el consumidor, las ayudas irán desde los 100 a los 450 euros. Cada beneficiario solo podrá recibir una ayuda para cada una de las tipologías con un máximo de tres electrodomésticos. Se prestará especial atención a las familias vulnerables.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Descuento en factura en el momento de la compra del electrodoméstico.
CUANTÍA SUBVENCIONABLE:
La cuantía de la ayuda serán las siguiente:
Requisitos
Podrán ser entidades colaboradoras todos aquellos establecimientos comerciales que se dediquen de forma total o parcial a la venta de electrodomésticos y, particularmente, aquellos cuya actividad se enmarque en uno o varios de los epígrafes siguientes:
– Epígrafe 653.2. Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica.
– Epígrafe 661.1. Comercio en grandes almacenes, que ofrecen un surtido amplio y, en general, profundo, de varias gamas de productos.
– Epígrafe 661.2. Comercio en hipermercados, establecimientos que ofrecen principalmente en autoservicio un amplio surtido de productos alimenticios y no alimenticios de grano venta.
– Epígrafe 662.1. Comercio al por menor de toda clase de artículos en economatos y cooperativas de consumo.
– Epígrafe 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos, en establecimientos distintos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 662.1.
Las entidades colaboradoras actuarán en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, colaborando en la gestión de la misma.
En su relación con el Inega, las entidades colaboradoras realizarán las siguientes funciones:
1º. Comprobación inicial de los requisitos de los solicitantes de la ayuda, y del conjunto de la actuación.
2º. Realización ante el Inega de los trámites para solicitar la ayuda.
3º. Desarrollo de las acciones vinculadas a la convocatoria.
4º. Justificación de la ayuda ante el Inega.
5º. Descuento directo de la ayuda en la factura de la actuación de manera que el beneficiario no llegue a realizar el desembolso.
Plazo adhesión entidades colaboradoras: 02/03/2022 – 30/06/202
Plazo solicitudes: 15/04/2022
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?langId=es_ES&codtram=IN414B