Ayudas a inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola)

Apoyar las inversiones destinadas a mejorar la eficiencia energética, así como la generación de energía a partir de fuentes renovables, en particular biogás y biomasa agrícola, fomentar la economía circular a través de la valorización energética de las deyecciones en la ganaderia para obtener biogás a partir del estiercol que sirva para el autoconsumo energético en las granjas y las actuaciones en materia de gestión, provisión y acondicionamiento de biomasa de origen agrícola permitiendo reducir el consumo final de energía fósil en las explotaciones agropecuarias.

BENEFICIARIOS:

Las empresas y las personas Trabajadoras autónomas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

  • Actuación 1 – Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas.
    • Instalación de sistemas de aislamiento, de recirculación del aire y sistemas de climatización y ventilación.
    • Instalación de sistemas de control y medición para optimizar el uso energético.
    • Substitución de calderas obsoletas o alimentadas por combustibles fósiles (gas, gasóleo, fulóleo) por calderas de biomasa. No se considerará elegible la substitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.
    • Substitución de calderas obsoletas de biomasa por otras más modernas y eficientes, también de biomasa.
    • Inversiones específicas en eficiencia energética de naves ganaderas, entre otros, variadores de velocidad en bombas de vacío de sistemas de ordeño; sistemas de pre-enfriamiento de leche; sistemas de recuperación de energía.
  • Actuación 2 – Valorización energética de estiércoles y de biomasa agrícola:
    • Inversiones en plantas de biogás de pequeña capacidad.
      • ​​Instalación de plantas de biogás de baja capacidad cuyo fin sea cubrir las necesidades energéticas de la explotación o grupo de explotaciones.
    • Medidas en materia de gestión de biomasa agrícola con destino final energético.
      • ​Adquisición de maquinaria para la gestión y acopio de biomasa agrícola con destino energético​
      • Adquisición de maquinaria para la reducción de tamaño de biomasa agrícola con destino energético
      • Adquisición de maquinaria para la homogeneización, cribado y acondicionamiento de productos triturados procedentes de biomasa agrícola.
      • Construcción de centros logísticos e inversiones en estructuras de almacenamiento de uso colectivo de biomasa agrícola con destino final energético.

Las ayudas se dirigirán a la adquisición de maquinaria, destinada al acopio y acondicionamiento de biomasa agrícola, así como a la construcción de centros logísticos e inversiones en estructuras de almacenamiento de la misma, para su uso final en aplicaciones de alta eficiencia energética, entendiendo como tal:

  • Las que, en generación de calor, tengan una eficiencia mayor del 80%
  • Las que, en generación eléctrica, tengan una eficiencia mayor del 55%
  • Las que, en sistemas mixtos como la cogeneración, tengan una eficiencia mayor al 80%

Inversión mínima:

​ Para la actuación 1: 10.000 euros/proyecto de inversión.

 Para la actuación 2: 15.000 euros/proyecto de inversión

Para la Actuación 1: Conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10 % con respecto a la explotación o edificio o de un 30 % con respecto a la instalación o equipo de partida.

​Para la Actuación 2: Las inversiones en plantas de biogás deberán cumplir la normativa referente a la gestión de los purines; a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, y toda su normativa derivada.

Gastos subvencionables

  • Costes de diseño, redacción y dirección del proyecto. No podrán superar el 4% con el límite de 10.000 €.
  • Costes de ejecución de las obras e instalaciones, incluyendo obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias.
  • La inversión en bienes, equipos y materiales de nueva adquisición.
Plazo de ejecución:  18 meses desde la concesión de la subvención. 

Cuantía de la ayuda 

  • Para las inversiones correspondientes a la actuación 1: Límite máximo: 30 % del coste elegible. Cuantía máxima de la ayuda : según el tipo de beneficiario desde 50.000 euros
  • Para las inversiones correspondientes a la actuación 2: Límite máximo: 45 % del coste elegible.  Cuantía máxima de la ayuda :
    • ​Plantas de biogás: Desde 260.000 euros.
    • ​Biomasa agrícola: 975.000 euros

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2022/20220502/AnuncioG0426-280422-0004_es.pdf

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